Mercancías sujetas a Precios Estimados de los Sectores Textil y Confección
Mercancías sujetas a Precios Estimados de los Sectores Textil y Confección
El Anexo F del Paquete Económico para el año 2027, busca reformar y agregar diversas disposiciones a la Ley Aduanera, por tanto, el pasado 14 de septiembre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución la cual se deroga de manera definitiva el Anexo 4 de la diversa, el cual establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados para su importación al país.
Es importante precisar que, el Anexo 4 publicado originalmente el 29 de diciembre de 2014 y modificado de forma recurrente hasta junio de 2024, es donde la autoridad determinaba los precios estimados de referencia para las mercancías de los sectores textil y confección. Dicho mecanismo exigía a los importadores otorgar garantías para cubrir eventuales contribuciones en operaciones con riesgo de subvaluación.
La derogación del Anexo 4, tendrá un impacto para los importadores y actores logísticos del país, cuentos como:
Es importante precisar que, el Anexo 4 publicado originalmente el 29 de diciembre de 2014 y modificado de forma recurrente hasta junio de 2024, es donde la autoridad determinaba los precios estimados de referencia para las mercancías de los sectores textil y confección. Dicho mecanismo exigía a los importadores otorgar garantías para cubrir eventuales contribuciones en operaciones con riesgo de subvaluación.
La derogación del Anexo 4, tendrá un impacto para los importadores y actores logísticos del país, cuentos como:
- Eliminar la obligación de respaldar mediante cuentas de depósito aduanero las diferencias del monto de la factura respecto a los precios de referencia contemplados en dicho Anexo 4.
- Auditorías por parte del regulador posdespacho y revisión electrónica a mercancías importadas de los sectores textiles y confecciones.
En BDO recomendamos fortalecer sus expedientes de comercio exterior, (comprobantes de pago, Incoterms, facturas, acuerdos o contratos con clientes y proveedores, etc.) así como realizar una evaluación del impacto operativo y financiero de este cambio previo a su entrada en vigor.