Segunda Resolución de Modificaciones a las (RGCE) para 2026.
Segunda Resolución de Modificaciones a las (RGCE) para 2026.
Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2026 y sus Anexos 1, 2 y 22. Esta resolución introduce importantes ajustes en los expedientes de identificación de clientes por agentes aduanales, procedimientos para dejar sin efectos las suspensiones en el Sistema Electrónico Aduanero (SEA), esquemas de certificación de empresas (OEA y Socio Comercial), regímenes de depósito fiscal, tránsito terrestre y la transmisión de contratos asociados a la Manifestación de Valor.
Desglose detallado de reglas modificadas:
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2026 y sus Anexos 1, 2 y 22. Esta resolución introduce importantes ajustes en los expedientes de identificación de clientes por agentes aduanales, procedimientos para dejar sin efectos las suspensiones en el Sistema Electrónico Aduanero (SEA), esquemas de certificación de empresas (OEA y Socio Comercial), regímenes de depósito fiscal, tránsito terrestre y la transmisión de contratos asociados a la Manifestación de Valor.
Desglose detallado de reglas modificadas:
- Glosario: Se actualiza la definición de Ventanilla Digital vinculándola a www.ventanillaunica.gob.mx .
- Regla 1.4.12 (Desbloqueo en SEA por NICO): Procedimiento de reactivación en 5 días tras rectificar o garantizar el pedimento por inexactitud en NICO (Ficha 20/LA).
- Regla 1.4.14 (Expediente de Clientes por Agentes Aduanales): Obligación de manifestar bajo protesta que el cliente no está en listas negras del CFF (arts. 49 Bis, 69, 69-B y 69-B Bis). El expediente debe actualizarse cada 3 años .
- Regla 3.1.2 (Muestras de Evaluación): Permite importar hasta 2 kg de mercancía para obtener informes de atestación o cumplimiento de SE.
- Regla 3.7.20 (Regularización de NOMs): Oportunidad de 30 días para acreditar cumplimiento de información comercial tras pagar la multa del Art. 185-XIII de la Ley Aduanera.
- Reglas 4.5.15 y 4.5.33 (Depósito Fiscal): Donación de mercancías vía ficha 109/LA. Ante no arribos, el almacén debe presentar la ficha 144/LA; si no lo hace, se inhabilita la emisión de cartas de cupo electrónicas (M1.8).
- Regla 4.6.11 (Transportistas en Tránsito y RFE): Tramitación de registro ante DGMEIA bajo la ficha 114/LA.
- Reglas 7.1.4, 7.1.5 y 7.2.1 (Certificación OEA / Socio Comercial): Se otorga un plazo máximo de 3 meses para solventar hallazgos de seguridad detectados en inspecciones y 20 días para avisar a la AGACE. El incumplimiento genera un veto de 6 meses para volver a solicitar la certificación.
- 30 de septiembre de 2026: Límite para aplicar facilidades administrativas en la Manifestación de Valor.
- 31 de diciembre de 2026: Prórroga para omitir anexos del Art. 81 del Reglamento de la LA (si se cumple con el Art. 36-A) y plazo para optar por declarar contratos mediante el Formato E15 .
- Formato E15: Incorporación formal del formato para la declaración de contratos asociados a la Manifestación de Valor.
- Formato F1: Solicitud de expedición de copias certificadas de pedimentos y anexos ante la DGIA/ANAM.
- Formato F3: Solicitud de Matriz de Seguridad para entrega de información de comercio exterior ante la DGMEIA.
- Identificaciones Oficiales: Se deroga el numeral 3 de la lista de identificaciones oficiales aceptadas.
- Se modifican y actualizan diversas fichas operativas, destacando las fichas 12/LA (destrucción de mercancías en recintos), 20/LA (desalentamiento de suspensión SEA por NICO), 53/LA (dictaminadores aduanales), 55/LA (menaje de casa de fallecidos), 56/LA (prórrogas de aeronaves y embarcaciones), 109/LA (donación en depósito fiscal), 114/LA (transportistas en tránsito/RFE) y 144/LA (aviso por no arribo de mercancías).
- Segunda modificación al Anexo 22, precisando la entrada en vigor de la clave C1 del Apéndice 9 en concordancia con los acuerdos de la Secretaría de Economía.