REFORMA A LA LEY DEL MERCADO DE VALORES
REFORMA A LA LEY DEL MERCADO DE VALORES
Legal Abril 2024
Boletín Informativo
Boletín Informativo
REFORMA A LA LEY DEL MERCADO DE VALORES
El pasado 28 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores y de la Ley de Fondos de Inversión (la “Reforma”).
Esta Reforma responde al propósito de eliminar barreras que limitaban la participación de emisoras e inversionistas en el mercado de valores mexicano, incluyendo una mala percepción del mercado bursátil y fallas de intermediación, infraestructura y regulación, que podrían obstaculizar el proceso para formar parte de éste. Además, busca fomentar el acceso al mercado bursátil y proporcionar nuevas alternativas de financiamiento para las pequeñas y medianas empresas en México.
Con base en lo anterior, la Reforma adiciona una nueva categoría de emisoras llamadas “emisoras simplificadas”, sujetas a una regulación diferente que les otorga mayor flexibilidad para la inscripción de sus valores en la bolsa mexicana. Algunas características clave de este sistema incluyen:
- La Comisión Nacional Bancaria de Valores (la “CNBV”) determinará los requisitos para que una empresa pueda participar en el procedimiento simplificado de inscripción de valores.
- Las emisoras simplificadas deberán ser acompañadas por una casa de bolsa durante todo el proceso, asegurando que la documentación sea revisada y que la emisora se inscriba correctamente en el sistema simplificado de valores.
- Las bolsas de valores verificarán que la documentación presentada cumpla con los requisitos establecidos por la misma bolsa en su reglamento interno.
- Una vez aprobado el listado de valores, la emisora y la bolsa de valores solicitarán a la CNBV su inscripción simplificada en el Registro Nacional de Valores (el “RNV”).
- Las emisoras simplificadas sólo podrán intermediar sus valores con inversionistas institucionales o calificados, excluyendo a los inversionistas retail o minoristas.
- Una vez inscrita en el RNV, la emisora será supervisada por su respectiva casa de bolsa y bolsa de valores donde opere, siguiendo un régimen autorregulatorio que deberá apegarse a las Disposiciones de carácter general que emita la CNBV.
El Decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación. La CNBV cuenta con 365 días después de la entrada en vigor del mismo para emitir la regulación secundaria por lo que les estaremos informando próximamente sobre la publicación de ésta última.
De forma complementaria con las reformas antes descritas, existe la posibilidad de obtener una certificación que ofrece una serie de beneficios que pueden contribuir al crecimiento y solidez financiera de las empresas (la “Certificación PRIME”), misma que se puede obtener a través de un despacho especializado registrado ante el Comité Certificador PRIME que da acceso a lo siguiente:
- Implementación de mejores prácticas societarias que ayudan a la empresa a cumplir con las regulaciones de la Ley del Mercado de Valores;
- Financiamiento de varias fuentes con la banca de desarrollo y el mercado de valores;
- Asesoría y capacitación para participar en el mercado de valores;
- Garantía bursátil para la emisión de deuda; y
- Acceso a mercados de capitales internacionales.
En resumen, la obtención de la Certificación PRIME brinda acceso al financiamiento al mejorar la percepción de la empresa por parte de los inversionistas ya que reduce el riesgo asociado con sus emisiones de valores y abre puertas a nuevos mercados de inversión. Además, indica a los inversionistas que la empresa cumple con los estándares de transparencia, buen gobierno corporativo y solidez financiera.
En caso de requerir más información al respecto mucho agradeceremos que se ponga en contacto con nosotros.