REPSE, afiliación INFONACOT
REPSE, afiliación INFONACOT
Ciudad de México, a 07 de marzo de 2024.
Con motivo de la publicación del “ACUERDO que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo” el 21 de febrero de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), hemos advertido que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) ha modificado la plataforma designada para la inscripción y renovación del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), para efecto de requerir la afiliación de las personas físicas y morales ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT).
Si bien, dicho requisito se encontraba integrado en la fracción l) del artículo octavo del “ACUERDO por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo” publicado el 24 de mayo de 2021 en el DOF, lo cierto es que el mismo no había sido requerido por la autoridad laboral hasta este momento.
Derivado de lo anterior, les informamos que en caso de que deseen obtener su registro ante el REPSE o efectuar la renovación del mismo, deberán considerar dentro de los requisitos solicitados por la STPS, su afiliación ante el INFONACOT.
En virtud de lo anterior, en BDO Legal nos encontramos a su entera disposición a efecto de atender cualquier asunto relacionado con este tema, por lo que los invitamos a contactarnos para proveerles nuestros comentarios y asesoría oportuna sobre cada caso en particular.
Con motivo de la publicación del “ACUERDO que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo” el 21 de febrero de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), hemos advertido que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) ha modificado la plataforma designada para la inscripción y renovación del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), para efecto de requerir la afiliación de las personas físicas y morales ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT).
Si bien, dicho requisito se encontraba integrado en la fracción l) del artículo octavo del “ACUERDO por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo” publicado el 24 de mayo de 2021 en el DOF, lo cierto es que el mismo no había sido requerido por la autoridad laboral hasta este momento.
Derivado de lo anterior, les informamos que en caso de que deseen obtener su registro ante el REPSE o efectuar la renovación del mismo, deberán considerar dentro de los requisitos solicitados por la STPS, su afiliación ante el INFONACOT.
En virtud de lo anterior, en BDO Legal nos encontramos a su entera disposición a efecto de atender cualquier asunto relacionado con este tema, por lo que los invitamos a contactarnos para proveerles nuestros comentarios y asesoría oportuna sobre cada caso en particular.