Comentarios sobre el acuerdo INMI adscrito a SEGOB
Comentarios sobre el acuerdo INMI adscrito a SEGOB
Comentarios sobre el acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante el Instituto Nacional de Migración (INMI), adscrito a la Secretaría de Gobernación (SEGOB).
Se hace referencia a los aspectos más relevantes de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del pasado 25 de julio del 2025, referente a el “Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante el Instituto Nacional de Migración (INMI), adscrito a la Secretaría de Gobernación (SEGOB)”.
Dicho Acuerdo introduce cambios relevantes que impactan directamente en los procedimientos migratorios que deben realizar las personas extranjeras en México. A continuación, compartimos los puntos clave para su conocimiento:
Los trámites ingresados con anterioridad a esa fecha se resolverán conforme a la normatividad aplicable al momento de la presentación de cada trámite.
El INMI contará con un plazo de 180 días naturales para actualizar sus plataformas, lineamientos internos y procedimientos conforme a las nuevas disposiciones.
Este nuevo esquema no modifica los requisitos ni los pagos de derechos, pero sí requiere un ajuste en la forma en que se presentarán y gestionarán los trámites. Por ello, será indispensable estar al tanto de estos cambios para evitar contratiempos.
En el área de BDO LEGAL estamos a su disposición para cualquier consulta o apoyo que necesiten en la implementación de estas nuevas disposiciones.
Se hace referencia a los aspectos más relevantes de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del pasado 25 de julio del 2025, referente a el “Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante el Instituto Nacional de Migración (INMI), adscrito a la Secretaría de Gobernación (SEGOB)”.
Dicho Acuerdo introduce cambios relevantes que impactan directamente en los procedimientos migratorios que deben realizar las personas extranjeras en México. A continuación, compartimos los puntos clave para su conocimiento:
- Supresión de documentos.
- Agilidad en plazos de respuesta.
- Hasta tres días hábiles para atender y resolver notificaciones de cambios para Residentes Temporales y Permanentes referentes a estado civil, nombre, nacionalidad, domicilio o lugar de trabajo.
- Hasta diez días hábiles para emitir resoluciones relacionadas con la renovación, canje o reposición de documentos migratorios.
- Unificación de Procedimientos Migratorios.
- Vigencia.
Los trámites ingresados con anterioridad a esa fecha se resolverán conforme a la normatividad aplicable al momento de la presentación de cada trámite.
El INMI contará con un plazo de 180 días naturales para actualizar sus plataformas, lineamientos internos y procedimientos conforme a las nuevas disposiciones.
- Conclusión.
Este nuevo esquema no modifica los requisitos ni los pagos de derechos, pero sí requiere un ajuste en la forma en que se presentarán y gestionarán los trámites. Por ello, será indispensable estar al tanto de estos cambios para evitar contratiempos.
En el área de BDO LEGAL estamos a su disposición para cualquier consulta o apoyo que necesiten en la implementación de estas nuevas disposiciones.