La SCJN debate criterio sobre la posibilidad de revisar casos de cosa juzgada fraudulenta

El 26 de noviembre de 2025 la ministra Lenia Batres Guadarrama, publicó el comunicado 32/2025 mediante el cual informa que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación durante el análisis del Amparo Directo en Revisión 6585/2023 debatió la figura de cosa juzgada fraudulenta, en el sentido de rechazar el criterio sostenido por la anterior integración del Alto Tribunal relativo al impedimento de revisar asuntos de cosa juzgada fraudulenta.

La figura en comentario permite que, en un caso en que se considere que existió fraude a la ley o colusión en un juicio, los juzgadores puedan entrar al estudio del asunto y, en su caso, anular la sentencia indebida. Lo anterior, aun cuando no existe una norma procesal expresa que permita a las personas juzgadoras revisar juicios que consideren fraudulentos.

Derivado de la discusión sostenida en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se aprobará la elaboración de un nuevo proyecto de sentencia mediante el cual no se privilegie una aplicación rígida del principio de cosa juzgada que convalide actos fraudulentos. Lo anterior, busca garantizar el derecho a una tutela judicial efectiva en términos del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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