Nuevos lineamientos generales por la SEGOB y SRE
Nuevos lineamientos generales por la SEGOB y SRE
Se hace referencia a los aspectos más relevantes de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del pasado 25 de julio del 2025, referente a los nuevos “Lineamientos Generales para la expedición de visas, elaborados de manera conjunta por la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)”.
Este nuevo marco regulatorio sustituye a las disposiciones de 2014 e introduce ajustes significativos que afectarán tanto a individuos como a organizaciones involucradas en trámites migratorios o en la movilidad internacional de personal.
A continuación, destacamos los puntos más relevantes:
1. Digitalización de Procesos.
Los nuevos lineamientos incorporan herramientas digitales como el expediente electrónico, la firma autógrafa digital y los certificados digitales. Esto permitirá que, de forma progresiva, diversos trámites puedan gestionarse en línea a través de plataformas oficiales, agilizando procesos, pero también requiriendo mayor control de seguridad documental.
2. Implementación de visa electrónica.
Se institucionaliza la visa electrónica, la cual podrá ser tramitada directamente en línea a través de un portal autorizado por la SRE, sin necesidad de presencia física en oficinas consulares.
Inicialmente, este formato estará disponible para ciertas nacionalidades y exclusivamente para quienes ingresen por vía aérea bajo la condición de visitante sin actividades remuneradas.
3. Nueva clasificación de tipos de visa.
Con el objetivo de homologar criterios, las visas ahora se dividen en dos grandes grupos:
Las solicitudes podrán generarse por medios electrónicos y deberán ir firmadas digitalmente.
Para menores de edad se mantienen requisitos reforzados en los cuáles se mantiene la autorización de ambos padres o tutores legales, y se aclaran los supuestos aplicables por: (1) ausencia de uno de los padres, (2) sentencias de patria potestad y (3) autorización ante fedatario público si el menor viaja con un tercero.
5. Protección de datos personales.
El documento incorpora alineamientos con las leyes vigentes en materia de privacidad, seguridad nacional y transparencia, obligando a SEGOB y SRE a dar cumplimiento a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, entre otras.
6. Resolución Definitiva en Reconsideración de visas.
Cuando una solicitud de visa es denegada y se presenta una reconsideración, la Resolución que emita el Instituto Nacional de Migración (INM) será definitiva y ya no podrá impugnarse. Por ello, será crucial preparar cuidadosamente la documentación y los argumentos desde el inicio del trámite, pues una vez emitida la resolución por parte de la autoridad la misma tendrá carácter de irrevocable, y en su caso procedería el juicio de amparo indirecto como última alternativa. 2
7. Vigencia.
Los nuevos Lineamientos serán aplicables a partir del 9 de agosto de 2025.
Los procedimientos iniciados antes de esa fecha se atenderán conforme a la normativa anterior.
Adicionalmente, el sistema que permitirá gestionar la visa electrónica y el expediente digital deberá estar plenamente habilitado a más tardar el 21 de enero de 2026.
El equipo de profesionales de BDO Legal, los mantendrá actualizados y podrá asesorarlos respecto de estos cambios legales para el beneficio de las operaciones de su empresa.
8. Conclusión.
Los nuevos Lineamientos Generales para la Expedición de Visas representan un cambio estructural en el sistema migratorio mexicano, marcando una transición hacia la digitalización, la simplificación de procesos y el fortalecimiento de los mecanismos de control institucional. La incorporación de herramientas tecnológicas como la visa electrónica y el expediente digital, junto con una clasificación más precisa de los tipos de visa y una regulación más estricta en materia de protección de datos y resoluciones definitivas, exige una mayor preparación técnica y legal por parte de las personas físicas y morales involucradas en trámites migratorios.
En el área de BDO LEGAL estamos a su disposición para cualquier consulta o apoyo que necesiten en la implementación de estas nuevas disposiciones.
Este nuevo marco regulatorio sustituye a las disposiciones de 2014 e introduce ajustes significativos que afectarán tanto a individuos como a organizaciones involucradas en trámites migratorios o en la movilidad internacional de personal.
A continuación, destacamos los puntos más relevantes:
1. Digitalización de Procesos.
Los nuevos lineamientos incorporan herramientas digitales como el expediente electrónico, la firma autógrafa digital y los certificados digitales. Esto permitirá que, de forma progresiva, diversos trámites puedan gestionarse en línea a través de plataformas oficiales, agilizando procesos, pero también requiriendo mayor control de seguridad documental.
2. Implementación de visa electrónica.
Se institucionaliza la visa electrónica, la cual podrá ser tramitada directamente en línea a través de un portal autorizado por la SRE, sin necesidad de presencia física en oficinas consulares.
Inicialmente, este formato estará disponible para ciertas nacionalidades y exclusivamente para quienes ingresen por vía aérea bajo la condición de visitante sin actividades remuneradas.
3. Nueva clasificación de tipos de visa.
Con el objetivo de homologar criterios, las visas ahora se dividen en dos grandes grupos:
- Visas de visitante (sin permiso, por adopción, electrónicas).
- Visas de residencia (temporal, temporal estudiante, permanente).
Las solicitudes podrán generarse por medios electrónicos y deberán ir firmadas digitalmente.
Para menores de edad se mantienen requisitos reforzados en los cuáles se mantiene la autorización de ambos padres o tutores legales, y se aclaran los supuestos aplicables por: (1) ausencia de uno de los padres, (2) sentencias de patria potestad y (3) autorización ante fedatario público si el menor viaja con un tercero.
5. Protección de datos personales.
El documento incorpora alineamientos con las leyes vigentes en materia de privacidad, seguridad nacional y transparencia, obligando a SEGOB y SRE a dar cumplimiento a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, entre otras.
6. Resolución Definitiva en Reconsideración de visas.
Cuando una solicitud de visa es denegada y se presenta una reconsideración, la Resolución que emita el Instituto Nacional de Migración (INM) será definitiva y ya no podrá impugnarse. Por ello, será crucial preparar cuidadosamente la documentación y los argumentos desde el inicio del trámite, pues una vez emitida la resolución por parte de la autoridad la misma tendrá carácter de irrevocable, y en su caso procedería el juicio de amparo indirecto como última alternativa. 2
7. Vigencia.
Los nuevos Lineamientos serán aplicables a partir del 9 de agosto de 2025.
Los procedimientos iniciados antes de esa fecha se atenderán conforme a la normativa anterior.
Adicionalmente, el sistema que permitirá gestionar la visa electrónica y el expediente digital deberá estar plenamente habilitado a más tardar el 21 de enero de 2026.
El equipo de profesionales de BDO Legal, los mantendrá actualizados y podrá asesorarlos respecto de estos cambios legales para el beneficio de las operaciones de su empresa.
8. Conclusión.
Los nuevos Lineamientos Generales para la Expedición de Visas representan un cambio estructural en el sistema migratorio mexicano, marcando una transición hacia la digitalización, la simplificación de procesos y el fortalecimiento de los mecanismos de control institucional. La incorporación de herramientas tecnológicas como la visa electrónica y el expediente digital, junto con una clasificación más precisa de los tipos de visa y una regulación más estricta en materia de protección de datos y resoluciones definitivas, exige una mayor preparación técnica y legal por parte de las personas físicas y morales involucradas en trámites migratorios.
En el área de BDO LEGAL estamos a su disposición para cualquier consulta o apoyo que necesiten en la implementación de estas nuevas disposiciones.