8ª RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS RGCE 2020, VERSIÓN ANTICIPADA
Por este medio le informamos que el pasado 9 de julio del presente año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) compartió a través de su portal la “Versión anticipada de la 8ª Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior”.
Mediante dicha versión se reforma únicamente la regla 1.3.3. “Causales de suspensión en los padrones”, con los siguientes puntos relevantes:
- Se adiciona párrafo para señalar que en caso de que un supuesto resulte aplicable solamente a uno de los sectores del Padrón de Importadores de Sectores Específicos o del Padrón de Exportadores Sectorial se podrá suspender al contribuyente únicamente en el o los sectores que correspondan.
- En caso de la solicitud para dejar sin efectos la inscripción en el Padrón de Importadores o Padrón de Importadores de Sectores Específicos, se establece que la solicitud a través de Mi Portal en el SAT, se podrá realizar respecto de uno o más de los sectores específicos sobre los que verse la inscripción de que se trate.
Quedamos a sus órdenes en caso de requerir más información sobre el tema.
Elaborado por:
Víctor Hugo Vázquez Pola
Victor.vazquez@bdomexico.com