Por medio de la presente hacemos de su conocimiento que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria publicó el pasado 10 de agosto del presente año el Anteproyecto “Acuerdo por el que se suspenden las actividades que se indican en la Secretaría de Economía, derivado del incremento de casos confirmados de personal que ha contraído el virus sars-cov-2 (COVID 19)”.
El Acuerdo tiene por objeto suspender los términos de los trámites, servicios y procedimientos de la Secretaría de Economía, únicamente para las unidades administrativas que en este se indican.
Se suspenden los términos de los trámites y procedimientos que se sustancian ante la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior que a continuación se indican:
- Los derivados del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.
- Los derivados del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial.
- Los derivados del Decreto que establece la devolución de impuestos de importación a los exportadores.
Lo anterior, será aplicable también a trámites y procedimientos se hayan iniciado con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo y se hayan presentado de manera física, por correo electrónico o a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior.
Durante esta suspensión de términos, los días se considerarán como inhábiles para todos los efectos legales, por lo que en ese periodo no correrán los plazos de los trámites antes señalados, tanto para la Secretaría de Economía como para las partes. Los trámites que se reciban por cualquier medio durante el periodo de suspensión de términos se tendrán por recibidos el día hábil inmediato siguiente de terminada la suspensión referida, día en el que también se reanudarán los plazos que hayan quedado suspendidos por virtud del presente instrumento. Lo establecido concluirá su vigencia a los 30 días hábiles siguientes al de su entrada en vigor.
Asimismo, se suspende la totalidad de las actividades de la Unidad de Apoyo Jurídico, de la Dirección General de Procedimientos Constitucionales y Legales y de la Coordinación de lo Contencioso, en lo que respecta a la defensa y representación de los intereses de la Secretaría de Economía ante las diferentes autoridades jurisdiccionales, contencioso administrativas, administrativas y del trabajo en todos los ámbitos de su competencia. Lo establecido concluirá su vigencia a los 15 días hábiles posteriores al de su entrada en vigor.
El Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.