Restricción de Uso de Efectivo y Metales
Restricción de Uso de Efectivo y Metales
Durante el mes de febrero de 2024, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó, a través de su página de internet, que la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) establece en ciertos actos u operaciones la restricción de liquidar o pagar, así como de aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional o cualquier otra divisa y Metales Preciosos.
Los umbrales de restricción de uso de efectivo y metales son los siguientes:
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Actividad |
Límite en UMA* |
Monto límite en MN** |
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Compraventa de inmuebles. |
8,025 |
$871,274.25 |
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Compraventa de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres. |
3,210 |
$348,509.70 |
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Compraventa de relojes; joyería; metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote y de obras de arte. |
3,210 |
$348,509.70 |
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Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos; así como la entrega a pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos. |
3,210 |
$348,509.70 |
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Servicios de blindaje. |
3,210 |
$348,509.70 |
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Compra venta de acciones o partes sociales. |
3,210 |
$348,509.70 |
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Arrendamiento de inmuebles y vehículos. |
3,210 |
$348,509.70 |
En términos del Decreto emitido por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2024, el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para 2024 es de: $ 108.57 pesos mexicanos a partir del 1º de febrero del 2024.
El detalle completo de esta publicación se podrá consultar en el siguiente link de la página de la SHCP: