Complemento Carta Porte

Por este medio le informamos que el pasado 1 de mayo, el SAT publicó en su página web el “Complemento Carta Porte” que se relaciona con el CFDI de traslado a que hace referencia la regla 2.7.1.9 Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2021.

El objeto del Complemento Carta Porte es acreditar la posesión de los bienes o mercancías cuando se trasladan, determinar la trazabilidad y legalidad de las citadas mercancías.

Para la entrada en vigor del citado complemento, esta regla ha sufrido las siguientes adecuaciones:


1.- Con fecha del 29 de diciembre de 2020, Reforma la Regla 2.7.1.9 de RMF 2021.- Se establece la obligatoriedad de incorporar el complemento “Carta Porte” al CFDI de traslado.

Se establece que la vigencia de esta obligación, iniciará su vigencia una vez que el SAT publique en su Portal el citado complemento.

2.- Con fecha del 3 de mayo de 2021, en la primera Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal se establecen las siguientes fechas de implementación:

1 junio 2021 – Entrada en vigor y comienzo del uso opcional del complemento “Carta Porte”

29 septiembre 2021 – Término del periodo del uso opcional del complemento.

30 septiembre 2021 – Uso obligatorio del Complemento Carta Porte.

3.- Con fecha del 4 de junio de 2021 se Reforma la Regla 2.7.1.9 de 3ª versión anticipada de la 2ª RMRMF 2021.-

En la que se reforma para establecer que: “los propietarios de las mercancías tendrán que ser nacionales y que formen parte de sus activos”, por: “los propietarios de las mercancías” esto es, que se amplía el tipo de mercancías a todo tipo (materiales y maquinaria) y también se amplía para pasar de nacionales, a mercancías de importación, de procedencia extranjera o para exportación.

Se adiciona que: Será responsabilidad de todo contribuyente que esté involucrado en el traslado de las mercancías, deberán expedir el CFDI con complemento “Carta Porte”, de tipo traslado o de tipo ingreso, de acuerdo a su participación en la operación.

Información que debe de contener el complemento “Carta Porte”:

  • Datos generales
  • Ubicaciones (origen, destino, domicilio)
  • Mercancía (los bienes que se transportan, cantidad, clave de unidad, dimensiones, si se trata de material peligroso o si cuenta con algún embalaje)
  • Autotransporte (federal, marítimo, aéreo, ferroviario, etc.)
  • Figura transporte (operadores, propietario, arrendatario, etc.)

Por otra parte, cabe destacar que el pasado 28 de mayo de 2021 el financiero publicó un artículo en el que la Jefa del SAT Raquel Buenrostro hizo una presentación del complemento “Carta Porte” y mencionó que pretenden recaudar ciento cincuenta mil millones de pesos al año por transportación de mercancías ilícitas y contrabando.

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