Dictamen de estados financieros a partir del ejercicio fiscal 2022.

El día de hoy la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), publicó a través de su portal de internet un comunicado, por medio del cual informa a los contribuyentes acerca de la obligatoriedad y fechas para presentar el Dictamen de Estados Financieros para efectos fiscales a partir del ejercicio de 2022, como sigue:

Con motivo de la reforma fiscal para 2022 se modificó el 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), mediante la cual se establece la obligatoriedad para las personas morales de dictaminar sus Estados Financieros por Contador Público Inscrito, cuando en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado, en sus declaraciones normales ingresos acumulables iguales o superiores a un monto equivalente a $1,650’490,600.00, así como aquellas que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores. Dicho dictamen lo deberán presentar a más tardar el 15 de mayo del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.

En aras de generar certeza jurídica a las personas morales que se encuentran obligadas a dictaminar sus estados financieros, PRODECON, en ejercicio de sus atribuciones, solicitó al SAT informar lo siguiente:

  1. Si los ingresos acumulables que deben considerar los contribuyentes para presentar el dictamen de estados financieros correspondiente al ejercicio fiscal 2022, son los obtenidos en el ejercicio fiscal 2021, el cual deberá presentarse a más tardar el 15 de mayo del 2023.
  2. En el caso de los contribuyentes que previo a la reforma del artículo 32-A del CFF, hayan optado por presentar el dictamen de Estados Financieros correspondiente al ejercicio fiscal 2021, cuya obligación vence el 15 de julio de 2022, se considera que la fecha de vencimiento para que éstos cumplan con la obligación de referencia es a más tardar la fecha aludida.

Sobre el particular, la autoridad fiscal informó lo siguiente:

  • A partir del 1 de enero de 2022 están obligadas a dictaminar sus Estados Financieros, las personas morales que en el ejercicio fiscal inmediato anterior hayan consignado, en sus declaraciones normales, ingresos acumulables para efectos del ISR iguales o superiores a un monto equivalente a $ 1,650’490,600.00, así como aquellas que al cierre del ejercicio inmediato anterior tengan en bolsa de valores acciones colocadas entre el gran público inversionista.

          El dictamen financiero de Estados Financieros formulado por Contador Público inscrito correspondiente            al ejercicio fiscal 2022, deberá presentarse a más tardar el 15 de mayo 2023, al igual que los                              contribuyentes que hayan optado por presentar el referido dictamen de estados financieros.

  • Los contribuyentes que, previo a la reforma del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, hayan optado por presentar el dictamen de Estados Financieros correspondiente al ejercicio fiscal 2021, deberán presentar la información del referido dictamen a más tardar el 15 de julio de 2022.

El comunicado de la PRODECON se puede consultar en el siguiente enlace:

https://www.prodecon.gob.mx/Documentos/bannerPrincipal/2022/Banner%20CPR%20.pdf