Modificaciones en las declaraciones provisionales y definitivas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

El día de hoy el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó, a través de su portal de internet, un comunicado para informar a los a todos los contribuyentes, sean personas físicas o morales, que en las declaraciones provisionales y definitivas se ha precargado información de cada contribuyente con la intención de facilitar su llenado y disminuir el tiempo en la realización de sus propios cálculos.

Los principales cambios realizados son los siguientes:

  • Precarga de facturas de ingresos y gastos.

En este apartado únicamente se precargan las facturas con método de pago en una sola exhibición, por lo que se puede incluir manualmente la información acerca de las facturas con método de pago en parcialidades o diferido y las notas de crédito o alguna disminución de ingresos.

  • Precarga de pérdidas fiscales y coeficiente de utilidad.

Este dato se calcula con base en la información proporcionada en la declaración anual inmediata anterior, por lo que, en caso de requerir su modificación, el contribuyente podrá presentar las declaraciones complementarias que correspondan.

Cabe señalar que esta información se presenta con base en la facturación electrónica de los contribuyentes y en las propias declaraciones presentadas con anterioridad.  

El detalle completo de esta actualización se puede consultar en el siguiente link del SAT: 

https://www.gob.mx/sat/prensa/modificaciones-en-las-declaraciones-provisionales-y-definitivas-para-el-cumplimiento-de-las-obligaciones-fiscales-011-2022?idiom=es

Primera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 y su Anexo 1-A.

El día de hoy el SAT publicó a través de su portal de internet, la primera versión anticipada de la Segunda resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su Anexo 1-A, de la cual se adiciona la regla 3.13.31 acerca de la obtención de ingresos por pensiones y jubilaciones para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza.

Asimismo, se reforma el Transitorio Décimo Séptimo de la RMF para 2022, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2021, para quedar como sigue:

Los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022 (anteriormente hasta el 30 de abril de 2022). Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.

El detalle completo de esta actualización se encuentra disponible en el siguiente link del SAT:

https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461175168587&ssbinary=true

Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022 y su Anexo 1-A.

El día de hoy el SAT publicó a través de su portal de internet la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022 y su Anexo 1-A, de la cual previamente publicamos las tres versiones anticipadas, mismas que podrán consultarse en la página de BDO en los siguientes links:

La versión completa de esta publicación se encuentra disponible en el siguiente link: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5643219&fecha=18/02/2022