El 3 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de Carácter General para el Registro de Personas Físicas o Morales que Presten Servicios Especializados o Ejecuten Obras Especializadas.
Los cambios más significativos se resumen a continuación:
- Las personas que se registren en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas “El Padrón” de forma electrónica, deberán ahora ingresar el último comprobante de nómina en formato PDF (ya no en XML), así como el último comprobante del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, además de aquellos documentos señalados en el acuerdo original, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de 2021.
- Se adiciona un capítulo relativo a la vigilancia en el cumplimiento de la legislación laboral, la cual queda a cargo de la Unidad de Trabajo Digno de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, quien queda facultada para: i) verificar la información proporcionada por las personas físicas o morales ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas; ii) que las actividades que se presten no formen parte del objeto social del beneficiario; iii) que la prestación de los servicios se encuentre amparada por un contrato; iv) que en el centro de trabajo se cumpla con el alta de trabajadores ante el IMSS y; v) que el salario sea pagado de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
- Se prevén como nuevas causales para la negativa de registro ante el REPSE, el incumplimiento a Ley Federal del Trabajo, así como irregularidades relacionadas con el alta de trabajadores ante el IMSS y con el contrato de prestación de servicios especializados.
- Se adicionan como causales para la cancelación del registro ante el REPSE: i) que en el desarrollo de visitas se proporcione información falsa, imprecisa o diferente a la registrada previamente, ii) el incumplimiento a la Ley Federal del Trabajo y; iii) se adviertan irregularidades relacionadas con el alta de trabajadores ante el IMSS y el salario pagado a los trabajadores.
- Finalmente, se prevé la posibilidad de solicitar, en cualquier momento, la cancelación del registro, así como un mecanismo para adicionar o modificar las actividades inscritas en “El Padrón”, siempre y cuando las nuevas actividades formen parte del objeto social, en el caso de personas morales, o se encuentren en la constancia de situación fiscal, en el caso de personas físicas.
Cabe mencionar que las modificaciones anteriores, entran en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.